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Rotaciones Externas

GUIA PARA LA TRAMITACIÓN DE ROTACIONES EXTERNAS

Con la entrada en vigor del RD 183/2008, de 8 de febrero, por el que se desarrollan determinados aspectos del sistema de formación sanitaria especializada (publicado en el BOE con fecha 21 de febrero) y que en su artículo 21 regula la autorización y evaluación de las rotaciones externas, se estableció que deberá ser el órgano que determine cada Comunidad Autónoma al que se remita la documentación y el que autorice dichas rotaciones.

En Andalucía el órgano responsable es la Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento de la Consejería de Salud.

Se entiende como rotación externa, aquel periodo formativo, autorizado por el órgano competente, que se lleva a cabo en centros o dispositivos no previstos en el programa de formación ni en la acreditación otorgada al centro o unidad docente, y que se realiza en centros acreditados para la docencia o centros nacionales o extranjeros de reconocido prestigio.

DURACIÓN DEL PERIODO FORMATIVO:

No podrán superar los 4 meses continuados dentro de cada periodo de evaluación anual.
  • 12 meses para especialidades de duración igual o superior a 4 años.
  •   7 meses para especialidades de duración igual a 3 años.
  •   4 meses para especialidades de duración igual a 2 años.
  •   2 meses para especialidades de duración igual a 1 años.

PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN

  1. El/la residente accederá al formulario para solicitar la rotación externa desde el enlace que se encuentra bajo este procedimiento, iniciará sesión y completará todos los datos de los apartados 1 y 2 y finalmente imprimirá la solicitud cumplimentada para entregarla al tutor.
  2. El tutor elevará la correspondiente propuesta firmada a la Comisión de Docencia (apartado 3)
  3. La Comisión de Docencia del centro en el que el/la residente presta su servicio habrá de prestar su conformidad, y además acreditará la conformidad expresa de la Comisión de Docencia de destino (apartado 4 y 5)
  4. Con posterioridad, la Dirección-Gerencia del centro en el que el/la residente realiza su especialidad habrá de prestar a su vez la conformidad, incluyendo el compromiso expreso de continuar abonando al residente la totalidad de sus retribuciones, incluidas guardias (apartado 6)
  5. Una vez realizados los pasos referidos y obtenidas las conformidades mencionadas, la Comisión de Docencia correspondiente remitirá toda la documentación pertinente a la Consejería de Salud con al menos un mes antes del inicio de la rotación prevista, para que esta Dirección General de Calidad, Investigación y Gestión del Conocimiento, pueda resolver adecuadamente sobre la misma.

HAGA CLIC EN ESTE ENLACE PARA ACCEDER AL FORMULARIO DE SOLICITUD DE ROTACIONES EXTERNAS

Sevilla 07 de julio del 2008
2007, Consejería de Salud (Junta de Andalucía)